lunes, 14 de julio de 2008

INSPECCIONES.

Las inspecciones no necesariamente deben estar orientadas a verificar el estado de todos los elementos del camino simultáneamente ya que, normalmente, no sólo diferentes elementos requieren de periodicidades distintas, sino que el tiempo que demora el trabajo en unos y otros también es diferente. Como criterio general puede resultar adecuado destinar una inspección a cubrir el sistema de drenaje y obra básica en su conjunto, otra a pavimentos o carpetas de rodadura granulares y bermas, otra para establecer las condiciones en que se encuentran los elementos de seguridad vial y, por último, otra a inspeccionar estructuras.

Esta división de tareas no elimina la necesidad que tan pronto como se detecte un problema, aún cuando sea
de índole diferente a la del trabajo específico que se está realizando en ese momento, deba hacerse la intervención correctiva correspondiente. Tampoco la división de tareas debe inhibir a los inspectores a mantenerse siempre alertas para detectar cualquier falencia y, especialmente, la existencia o carencia de elementos que pudieran atentar contra la seguridad vial.

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