miércoles, 17 de abril de 2013

REGLAMENTO PARA LA CAPACITACION Y ACREDITACION DE LABORATORISTAS VIALES - VI

b) Sin perjuicio de lo antes señalado, hasta el 31 de Diciembre del año 2004 podrán eximirse del requisito de educación mínima (Licencia de Enseñanza Media) quienes, estando actualmente vigentes, renueven licencias en el mismo nivel (A, B ó C). 
c) La licencia de Laboratorista Vial, cualquiera sea el nivel, tendrá un costo a partir de 01 de Enero de 2005, cuyo monto será determinado e informado oportunamente por la Dirección de Vialidad. Dicho valor será cancelado al momento de la entrega de la credencial.
d) Dependiendo del nivel, la duración de las licencias de Laboratorista Vial será la siguiente: Licencia A: 􀂃 Seis años si la licencia se obtiene mediante la aprobación del Curso de Laboratorista Vial clase “A”, impartido por el Laboratorio Nacional de Vialidad. 􀂃 Cuatro años si la licencia se obtiene a través del Examen Libre correspondiente a este nivel. Licencia B: 􀂃 Seis años si la licencia se obtiene mediante la aprobación del Curso de Laboratorista Vial clase “B”, impartido por el Laboratorio Nacional de Vialidad. 􀂃 Cuatro años si la licencia se obtiene a través del Examen Libre correspondiente a este nivel. Licencia C: 􀂃 Cuatro años
e) El período de vigencia de las respectivas licencias se iniciará en la fecha en que los postulantes aprueben el último examen teórico y/o práctico que les permitió obtener dicho documento.
f) Los Laboratoristas Viales que hayan ingresado al Sistema de Acreditación con posterioridad al 31 de Diciembre de 2001 y cuya licencia se haya obtenido mediante la aprobación del curso respectivo, podrán eximirse de rendir examen al momento de renovar su licencia en los niveles “A” y “B”, después de 8 y 10 años de experiencia acreditada, respectivamente, cumpliendo con al menos una renovación en el nivel de licencia a mantener. Para los Laboratoristas cuyas licencias hayan sido emitidas con anterioridad al 31 de Diciembre de 2001, los requisitos para acogerse al beneficio de renovar sin tener que rendir examen son los siguientes: 􀂃 Los Laboratoristas con licencia clase “B” deben tener como mínimo 10 años de experiencia acreditada si realizaron y aprobaron el curso correspondiente y al menos 14 años si obtuvieron la licencia a través de examen libre. 􀂃 Los Laboratoristas con licencia clase “A” mayores de 50 años deberán contar con al menos 10 años de experiencia acreditada y aquellos menores de 50 años con al menos 12 años. Además de los años de experiencia acreditada, el Laboratorista Vial que cumpla los requisitos para eximirse de los exámenes al momento de renovar, debe cumplir con al menos una renovación en el nivel a mantener. Los Laboratoristas Viales que se acojan a este beneficio, deberán presentar la siguiente documentación: 􀂃 Certificado de Antecedentes, intachable. 􀂃 Certificados de asistencia a los cursos de capacitación que se hayan impartido en el Laboratorio Nacional de Vialidad en el período de vigencia de la licencia que se está renovando. 􀂃 Currículum Vitae actualizado y debidamente documentado. 􀂃 Dos fotos con nombre y cédula de identidad. El cumplimiento de los períodos de renovación exigidos no implica en ningún caso la automática renovación de la licencia sin la presentación y aprobación de los antecedentes por parte del Laboratorio Nacional de Vialidad, el que se reserva el derecho de no renovar o caducar las licencias según antecedentes de la hoja de vida del Laboratorista u otros que así lo ameriten. Los Laboratoristas Viales clase “C” no podrán acogerse a este beneficio.
g) En caso de extravío de la licencia de Laboratorista Vial, el afectado podrá solicitar un duplicado de ella, para lo cual se exigirá presentar en el Laboratorio Nacional de Vialidad la constancia correspondiente ante Carabineros de Chile.

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