1.- Funciones. La función fundamental de los laboratorios regionales es la de velar para que todas las obras viales que se ejecuten en su región queden controladas de acuerdo a especificaciones, normas e
instrucciones impartidas por el LNV. Para ello debe efectuar los ensayes de control de calidad, cuando no
exista asesoría de inspección con laboratorio y los de autocontrol, cuando las bases administrativas de los
contratos así lo indiquen.
Cuando existan laboratorios de ITO, debe mantener un conocimiento global y preciso del grado de
confiabilidad con que opera el sistema de control de las obras.
2.- Procedimientos.
1 El Jefe del Laboratorio Regional debe asistir a las reuniones de apertura indicadas en el numeral 2 de
8.003.3 en la cual se debe informar sobre la cantidad y calidad de los equipos (calibraciones vigentes o no)
y si el personal cuenta con las debidas licencias actualizadas.
Además, debe cumplir las siguientes funciones:
a) Asesorar al IF a solicitud de éste o por propia iniciativa en todo lo concerniente a Laboratorio.
b) Mantener un permanente control sobre el cumplimiento de la normativa en todos sus ensayes y determinaciones.
c) Efectuar ensayes esporádicos, aumentando la frecuencia de control en caso de dudas e informar del grado de confiabilidad del sistema de control al Director Regional, IF y LNV. Informes y resultados se deben mantener en calidad de internos.
d) Informar al LNV de la actuación de cada laboratorista para registrar su desempeño en la hoja de vida de éste.
e) Analizar si los ensayes de LI y autocontrol, están en una proporción acorde con el nivel de confiabilidad del sistema de control y métodos constructivos.
f) Solicitar al LNV la calibración de los equipos cuando corresponda.
g) Antes de la Recepción Provisoria, emitir un informe resumido referente a la gestión del Laboratorio de Autocontrol.
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