Los procedimientos que se utilicen para instalar las barreras deben ajustarse a las siguientes tolerancias.
- La altura entre la superficie de apoyo y el borde superior de la baranda, determinada frente a cada poste , tendrá una tolerancia de 5 mm.
- Los postes no deberán desviarse de la vertical en más de 5 mm.
- En alineamientos rectos o en curvas de radio superior a 300 m, la distancia entre los postes y el eje del camino tendrá una tolerancia de 30 mm respecto de la distancia teórica.
- En radios de curva igual o inferior a 300 m, la tolerancia para la distancia entre los postes y el eje del camino será de 60 mm
Los procedimientos que se utilicen para instalar las barreras no deberán afectar en forma alguna, el pavi-
mento, las bermas y demás elementos del camino; cualquier daño deberá ser reparado como parte de esta operación.
Los materiales extraídos o sobrantes deberán trasladarse a botaderos autorizados, dejando el área de los trabajos completamente limpia.
El tratamiento en el botadero se ajustará a lo dispuesto en la Sección 7.207, Especifica- ciones Ambientales Generales para el Mantenimiento, de este Volumen.
Cuando los trabajos se realicen con el camino en servicio, antes de iniciarlos deberán adoptarse las medi- das que se señalan en la Sección 7.205, Seguridad Durante los Trabajos, de este Volumen.
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