lunes, 6 de agosto de 2012

Disposiciones adicionales.

Los procedimientos que se utilicen para realizar los trabajos especificados no deberán afectar, en form a alguna, el pavimento, las bermas y demás elementos del camino; cualquier daño deberá ser reparado como parte de esta operación. Los materiales extraídos o sobrantes deberán trasladarse a botaderos autorizados, dejando el área de los trabajos completamente limpia. 

 El tratamiento en el botadero se ajustará a lo dispuesto en la Sección 7.207, Especificaciones Ambientales Generales para el Mantenimiento, de este Volumen. Cuando los trabajos se realicen con el camino en servicio, antes de iniciarlos deberán adoptarse las medidas que se señalan en la Sección 7.205, Seguridad Durante los Trabajos, de este Volumen. 

 Se deberá llenar la Ficha de Nivel de Servicio de la señal mantenida, (Volumen N 6 del Manual), en el Informe Final del contrato, dentro del ámbito de Seguridad Vial. El informe escrito y en archivo magnético deberá hacerse llegar a la Dirección de Vialidad.

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