Los materiales extraídos o sobrantes de los trabajos deberán trasladarse a botaderos autorizados; el tratamiento en el botadero se ajustará a lo dispuesto en la Sección 7.207, Especificaciones Ambientales Generales para el Mantenimiento, de este Volumen.
Cuando los trabajos se realicen con el camino en servicio, antes de iniciarlos deberán adoptarse las medi- das que se señalan en la Sección 7.205, Seguridad Durante los Trabajos, de este Volumen.
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