sábado, 17 de agosto de 2013

SUELOS: METODO PARA DETERMINAR LA DENSIDAD RELATIVA EN SUELOS NO COHESIVOS (LNV 96)* - Part 1

1.- Alcances y Campo de Aplicación. Se establece un procedimiento para determinar las densidades secas máxima y mínima de suelos no cohesivos, no cementados, de flujo libre, con un tamaño máximo nominal hasta 80 mm y que contiene hasta un 12% en masa de partículas menores que 0,080 mm. Nota 1. En general se recomienda aplicar este procedimiento a aquellos suelos que, cumpliendo con lo señalado anteriormente, tengan un IP igual o menor que 5, determinado según el Método 8.102.4. El método es aplicable a suelos en que la compactación por impacto no produce una curva bien definida de relación humedad/densidad y la densidad máxima por impacto resulta generalmente menor que la obtenida por métodos vibratorios. La densidad máxima se determina mediante compactación por vibrado y la densidad mínima mediante vaciado. También se indica el procedimiento para calcular la densidad relativa. *El Método 8.102.8 (LNV 96) es una adaptación de la norma NCh 1726-80. 
2.- Terminología. 
2.1 Densidad Relativa. Grado de compacidad de un suelo con respecto a los estados más sueltos y más densos obtenidos mediante los procedimientos de laboratorio descritos en este Método. 
2.2 Densidad Máxima. Densidad de un suelo en el estado más denso que se puede obtener aplicando el ensaye normalizado. 
2.3 Densidad Mínima. Densidad de un suelo en el estado más suelto que se puede obtener aplicando el ensaye normalizado. 
2.4 Otros Términos. Los que están definidos en NCh 179.
3.- Aparatos. 3.1 Aparato de Compactación. Compuesto por los elementos que se enumeran a continuación (ver Lámina 8.102.8 A). 
a) Mesa vibradora, de acero, con cubierta vibradora de aproximadamente 750 x 750 mm, apoyada sobre amortiguadores y accionada por un vibrador electromagnético. El vibrador debe ser semisilencioso y con una masa igual o mayor que 45 kg, una frecuencia de 3.660 vibraciones/min y una amplitud de vibrado vertical entre 0,05 y 0,64 mm bajo una carga de 1.112 N. 
b) Moldes metálicos, con una capacidad nominal de 3 l y 14 l respectivamente. Deben cumplir con los requisitos dimensionales de la Lámina 8.102.8 B. 
c) Tubos guías, metálicos, ajustables a cada tipo de molde. Con un sistema de ajuste consistente en tres juegos de tornillos, dos de los cuales deben tener tuercas de fijación (ver Lámina 8.102.8 C). 
d) Placas base de acero de 12,5 mm de espesor, para cada tamaño de molde (ver Lámina 8.102.8 D). 
e) Sobrecargas, una para cada tamaño de molde. La masa total de la sobrecarga y su correspondiente placa base debe ser equivalente a 14 kPa para el molde en uso (ver Lámina 8.102.8 D). 
f) Una manilla para cada placa base (ver Lámina 8.102.8 C). 
g) Sujeción del calibre (Ver Lámina 8.102.8 C). h) Deformómetro para comparar calibres con indicador de dial, un recorrido de 50 mm y graduaciones de 0,01 mm. 
i) Barra de calibración, de metal de 75 x 305 x 3 mm.

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