martes, 23 de julio de 2013

Venezuela incumple crédito y TGN financiará 3 obras viales

Ante el incumplimiento venezolano de los desembolsos previstos, el Tesoro General de la Nación (TGN) financiará los saldos por ejecutarse para la construcción de tres proyectos carreteros por un monto de 1.732 millones de bolivianos o unos 247 millones de dólares.

La Ley 388 promulgada el 9 de julio señala que “la ejecución de los proyectos Santa Bárbara-Caranavi-Sapecho-Quiquibey y la vía Sucre-Ravelo y Llallagua-Ravelo, inicialmente financiados por la República Bolivariana de Venezuela, aprobados por ley 4018 de 9 de abril de 2009, serán financiados con recursos del TGN”. Estos caminos integran la red fundamental del país.

La Comisión de Planificación Económica de Diputados, según una nota de la oficina de prensa de la Cámara Baja, viabilizó que se aprobara la ley porque Venezuela no cumplió el contrato de crédito.

Para el desarrollo de las obras, el Gobierno suscribió un contrato de crédito con la República Bolivariana de Venezuela por un monto de 300 millones de dólares destinados a financiar los citados proyectos camineros, además de emprendimientos productivos.

Según lo establecido en el contrato, aprobado mediante ley el 9 de abril de 2009, el financiamiento para los tramos camineros sumaba 272,4 millones de dólares, pero “el Gobierno venezolano sólo desembolsó, hasta la fecha, 20 millones de dólares el 1 de agosto de 2009”, señala la nota.

Con el propósito de no paralizar las obras, la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC) habría destinado, hasta el 5 de marzo de 2013, recursos del Fondo Rotatorio de Proyectos Viales por 1.032.512.985 bolivianos, que la ABC debe reembolsar mediante la cuenta Única del Tesoro.

El diputado Mauricio Muñoz, de CN, cuestionó que, pese a la amistad del país con el expresidente de Venezuela, Hugo Chávez, ahora se deba financiar con recursos públicos estas vías y que saldrán, dijo, de la emisión de bonos soberanos.

La ABC no respondió a una consulta sobre este tema.

Enmienda al contrato
Norma La Ley 388 promulgada el pasado 9 de julio, en su disposición adicional única, señala que el Ministerio de Planificación del Desarrollo deberá gestionar la enmienda al contrato de préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República Bolivariana de Venezuela, de fecha 4 de agosto de 2008, en el marco del acuerdo firmado en Riberalta el 18 de julio de 2008, a fin de modificar el uso y destino de los recursos del crédito o reducir el monto comprometido.

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