jueves, 11 de abril de 2013

FUNCIONES DEL LABORATORIO NACIONAL DE VIALIDAD (LNV).

Le corresponde al LNV la supervisión del sistema de calidad, a través del Ingeniero Visitador, con el fin de obtener un eficiente funcionamiento de éste; pronunciarse en cuanto a la aplicabilidad de las especificaciones, interpretarlas, visar estudios especiales y dirimir en resultados de ensayes; asistir a la reunión preliminar, previo a la fase constructiva de la obra, con todo el personal técnico involucrado en el control de calidad, con los siguientes objetivos:
 - Conocimiento mutuo del personal que conforma el sistema.
 - Definir claramente la función de cada una de las entidades participantes y acotar su campo de acción, de acuerdo a las pautas establecidas en este Volumen del Manual.
- Definir una rutina de interrelación con cada uno de los niveles de control que permita una
comunicación expedita, de modo que las medidas correctivas se adopten en el menor tiempo
posible.
- Velar por la calibración de los equipos tanto de los LR como los de laboratorios de faena.
- Efectuar ensayes específicos que por su particularidad no puedan ser efectuados en los
Laboratorios Regionales.
- Asesorar a las comisiones receptoras para lo cual debe contar con la debida anticipación con los
informes pertinentes.
- Informar al Director de Vialidad de aquellos sistemas de bajo grado de confiabilidad que, por incumplimiento reiterado de algunas de las instrucciones, originen ítems fuera de  especificaciones.
- Aprobar o rechazar el uso o aplicación de materiales constructivos que presenten un carácter innovativo, o del cual no exista experiencia previa de su empleo en el país.
Las Actas de Reunión de Apertura de Laboratorio para Obras con y sin Asesoría a la Inspección
Fiscal, se muestran en las Láminas 8.002.5 A y 8.002.5 B, respectivamente.

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