sábado, 1 de noviembre de 2008

Período de alerta

. El primer grado debe corresponder a una alerta, que comprende el período desde que
se conoce que existen probabilidades que se origine el fenómeno natural, hasta que se confirma que efectivamente se producirá dentro del área jurisdiccional de la administración. Este período puede durar desde varias horas hasta dos o más días.

Fundamentalmente durante esta fase se deben tomar algunas medidas precautorias, además de transmi-
tir la información y preparar a todo el personal sobre la situación que se acerca. Las medidas precautorias incluyen retirar todo los equipos y maquinarias que se encuentren en los lugares más expuestos (equipos que están en los lechos de los ríos, maquinaria para el despeje de la nieve localizada en lugares que serán difícilmente accesibles una vez declarada la emergencia, etc.), preparar la movilización para el personal que actuará, definir la mejor ubicación del equipo pesado de movimientos de tierras para minimizar posteriormente los traslados, y alertar a todo el personal de manera que pueda ser localizado en cualquier momento, entre otras.

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