domingo, 1 de julio de 2007

Exceso de carga afecta a vías del norte


Camiones de alto tonelaje que cargan cuatro y cinco paquetes de caña de azúcar (cada paquete con 10.000 y 12.000 Kg, igual a 10 y 12 toneladas) están afectando las carreteras del norte de Santa Cruz al transportar más de 50.000 y 60.000 kg de carga, aparte del peso del motorizado. Los que más están incumpliendo, tal como lo señalan las autoridades, son los vehículos que salen desde los centros de acopio ubicados en la localidad de Saavedra.
Los conductores y propietarios de estos motorizados, como las empresas que generan la carga o que son intermediarias, no están cumpliendo con la Ley de Cargas (1769), que dispone que en este tipo de vehículos el peso no debe sobrepasar los 45.000 kg, igual a 45 toneladas, incluido el peso del camión.
El jefe regional de la empresa estatal de cobro de peaje Vías Bolivia, Jaime Aramayo, sostuvo que existirá un estricto control con los motorizados que transportan caña al ingenio San Aurelio porque el sobrepeso de materia prima que llevan está afectando la capa asfáltica.
Esta misma acción irá para los motorizados que acarrean el producto a La Bélgica. Según Aramayo, la observación que previamente se hizo demostró que los ingenios azucareros Guabirá y Unagro están cumpliendo con las normas establecidas, aunque tampoco se descuidará el control para los camiones y tractores que transportan caña para estas factorías.
El jefe regional de la Administradora Boliviana de Carreteras (ABC), Ramiro Heredia, anunció que esta semana comenzó una campaña de concienciación para que las empresas que generan carga en el departamento cumplan la Ley de Cargas, en especial el artículo 37.
En el mismo se establece que las empresas de carga, así como las acopiadoras, están en la obligación de contar con balanzas de peso por eje propias, a objeto de que los vehículos transporten la capacidad de carga permitida coadyuvando en el cumplimiento de los pesos máximos tolerables por eje y del peso total del vehículo. Caso contrario serán sancionadas con el pago del 50% del valor de la multa emitida.
Heredia aclaró que en esta primera etapa no se cobrarán multas, sino que no permitirán que estos camiones de alto tonelaje circulen por las carreteras con sobrepeso.
Sin embargo, una vez que la ABC distribuya las balanzas en los puestos de pesaje comenzará a cobrarse las multas establecidas en el reglamento de la Ley de Cargas.
Se tiene previsto que en la localidad de Chané se coloque una balanza y controles móviles entre ese punto, Minero, Saavedra, Montero y la ciudad de Santa Cruz, a fin de evitar que los motorizados que logren pasar los puntos de control no vayan a ser recargados de nuevo.
Por otra parte, los camiones de alto tonelaje que transportan excesiva carga de caña se han convertido en fuente de inseguridad ciudadana entre las poblaciones de Saavedra y Montero, según denunciaron transportistas de esas localidades, versión que fue confirmada por el comando de la Policía de Tránsito de Montero.
Según Gabriel Callaú, socio del Sindicato de Trufis Minero-Montero, a cuatro taxis de su empresa las cañas que van sueltas en los camiones y chatas de los tractores les han roto los parabrisas.
Aparte de ello, ya se produjeron dos accidentes en la curva de Saavedra y en la que está cerca del centro de granos de la empresa SAO, porque estos vehículos pesados toman el carril contrario y obligan a que los motorizados pequeños, como autos y vagonetas, se salgan de la vía para evitar ser chocados.
Esta misma situación fue denunciada por José Carlos Cáceres y Luis Hurtado Magallanes, taxistas saavedreños, que indicaron que el domingo pasado se produjo el último choque provocado por la acción descontrolada de los camioneros que transportan caña.
El Cnl. José Antonio Piérola, jefe de Tránsito en Montero, lamentó que los camioneros no tomen en cuenta el peligro que ocasionan en una carretera que no tiene bermas. Aparte, estos camiones tienen dos y tres acoples. Señaló que efectivos policiales controlarán el lugar.

Datos

Multa
Bs 3.750
Es la multa que se establece para los excesos mayores a los determinados en las tablas descritas en el artículo 22, cuya infracción será pasible al pago de este monto por cada tonelada excedentaria.

Carretera al norte
2 accidentes
Es la cantidad de accidentes que los camiones de alto tonelaje han provocado a vehículos livianos en dos curvas de la carretera entre Guabirá y Saavedra, al invadir el carril contrario creando peligro e inseguridad.

En el tramo a Yacuiba habrá más balanzas
A fines del mes de agosto se colocarán balanzas de pesaje en algunos puntos de carreteras transitadas como la que vincula Santa Cruz con Yacuiba, zona fronteriza con Argentina, por la que circulan camiones de alto tonelaje cargados de todo tipo de mercadería y que también muchos de ellos llevan sobrepeso que incide de manera negativa en la vía.
El director regional de ABC, Ramiro Heredia, afirmó que se colocarán balanzas en tres puntos fijos y que algunas serán movilizadas en diversos trayectos donde los camiones pueden recargarse, burlando así el control.
De manera específica una balanza estará en Palmar Chico (sector del Chaco tarijeño). Luego, otra estará en Abapó, en la jurisdicción cruceña. La tercera será ubicada en el km 13, que es el ingreso a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Igualmente un equipo móvil provisto de su balanza se ubicará entre Abapó y Macharetí (zona de Chuquisaca).
Se estima que en el departamento de Santa Cruz se colocarán un total de ocho balanzas con puesto móviles que se desplazarán por las carreteras de mayor concentración de vehículos de alto tonelaje. Heredia puntualizó que otra de las restricciones que establece la Ley de Cargas es la altura de la carga que deben llevar los camiones, ya que el máximo permitido es de 4,10 metros.

El reglamento

* El artículo 22 del reglamento de la Ley 1769, en el inciso b establece que los excesos máximos determinados serán pasibles a una multa de Bs 3.750, por cada tonelada excedentaria.

* Este mismo artículo (22) señala que todo vehículo encontrado en un punto de control, con exceso de peso o en sus dimensiones, quedará impedido en el acto de continuar circulando.

* En el artículo 6 se determina que la altura máxima es de 4,10 metros, y el ancho no debe pasar de los 2,60 metros.

* Los recursos recaudados por multas serán destinados para el mantenimiento de carreteras.

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